¿Cuál es la velocidad máxima permitida para que un turismo adelante a otro en una carretera convencional?

a) 100 km/h.

b) 110 km/h.

c) 120 km/h.

Explicación

En los adelantamientos en carreteras convencionales los turismos y motocicletas podrán rebasar en 20 km/h la velocidad máxima de 90 km/h, siempre y cuando el vehículo adelantado circule a velocidad inferior a esta velocidad máxima genérica. Por lo tanto los turismos y motocicletas podrán adelantar a una velocidad máxima de 110 km/h.