En esta vía, ¿a qué velocidad mínima está permitido circular con un turismo?

En esta vía, ¿a qué velocidad mínima está permitido circular con un turismo? 1

a) A 45 km/h.

b) A 50 km/h.

c) A 40 km/h.

Explicación

En las carreteras convencionales la velocidad mínima para un turismo es de 45 km/h, que es la mitad de la velocidad máxima genérica para ese tipo de vía.