a) Sí, cuando no haya señales que lo prohíban.
b) No.
c) Sí, si hay suficiente visibilidad.
VER EXPLICACIÓN
Explicación
En los túneles o pasos inferiores con circulación en ambos sentidos, está prohibido el adelantamiento, salvo que exista más de un carril para su sentido de circulación, en los que podrá adelantar sin invadir el sentido contrario. En consecuencia, está prohibido siempre adelantar en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal “Túnel” en los que sólo se disponga de un carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar.

Túnel.