
a) Por el lado derecho del refugio.
b) Por cualquiera de ellos, indistintamente.
c) Por el lado izquierdo del refugio.
Explicación
Cuando en la vía existan refugios, isletas o dispositivos de guía, se circulará por la parte de la calzada que quede a la derecha de éstos, en el sentido de la marcha, salvo cuando estén situados en una vía de sentido único o dentro de la parte correspondiente a un solo sentido de circulación, en cuyo caso podrá hacerse por cualquiera de los dos lados.