
a) Sí, si no recorre más de 15 metros.
b) No.
c) Sí, con las debidas precauciones.
VER EXPLICACIÓN
Explicación
Como norma general, está prohibido cambiar el sentido de la marcha en los lugares en que esté prohibido adelantar, excepto que esté expresamente autorizado mediante la correspondiente señal. En las intersecciones y en sus proximidades está prohibido adelantar, salvo que se disponga de prioridad y esté debidamente señalizada. En este caso la prioridad está señalizada mediante el semáforo con luz verde.