a) los conductores de vehículos que sean requeridos en controles preventivos.
b) solamente los conductores de automóviles y ciclomotores.
c) solamente los usuarios de la vía que estén implicados en un accidente de circulación.
Explicación
El conductor de cualquier vehículo, incluidas las bicicletas, podrá ser requerido al efecto por la Autoridad o sus Agentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia ordenados por dicha autoridad.