
a) siempre que salgan del vehículo.
b) cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de una vía interurbana.
c) cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén en cualquier vía.
VER EXPLICACIÓN
Explicación
Tanto de día como de noche, los conductores de turismos, autobuses, automóviles de transporte de mercancías, mixtos adaptables y conjuntos de vehículos no agrícolas, cuando ocupen la calzada o el arcén en vías interurbanas, deberán utilizar un chaleco reflectante homologado. También están obligados a ponérselo antes de bajar del vehículo y no una vez ya se encuentran en la calzada o arcén.