Si el resultado de la inspección realizada a su vehículo en una estación ITV es desfavorable, ¿podrá circular por las vías públicas?

a) Sí, si el defecto observado no impide la marcha del vehículo.

b) No, salvo para su traslado al taller y la vuelta a la ITV para nueva inspección.

c) No, en absoluto, porque el vehículo causará baja definitiva.

Explicación

Cuando la inspección acuse defectos en el vehículo que afecten gravemente a sus condiciones de seguridad, el Organismo inspector retendrá la tarjeta I.T.V. y facilitará a su titular un resguardo de ella, valedero únicamente para el plazo señalado para subsanar los defectos, y para el itinerario previsto en el desplazamiento del vehículo hasta el taller donde deba ser reparado y su vuelta a nueva inspección.